Con la entrada en vigor del Decreto ley 5/2025, la Generalitat ha aprobado un conjunto de medidas fiscales destinadas a mejorar el acceso a la vivienda habitual, tanto en régimen de compra como de alquiler, especialmente para jóvenes y personas con rentas medias o bajas.
En esta entrada te explicamos de forma clara cuáles son las ventajas fiscales que ya se aplican desde el 27 de junio y en qué casos puedes beneficiarte de ellas, tanto si estás pensando en comprar una vivienda como si resides de alquiler.
1. Reducción del ITP para jóvenes con rentas medias o bajas
Si tienes 35 años o menos, una base imponible en IRPF inferior a 36.000 € y compras una vivienda para residir de forma habitual, podrás aplicar un tipo reducido del 5 % en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Esta medida se aplica en la compra de viviendas de segunda mano.
2. Bonificación del 100 % del AJD en obra nueva
En caso de adquirir una vivienda nueva (primera transmisión) —operación sujeta a IVA— también se devenga el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Si cumples los requisitos anteriores (≤35 años, renta ≤36.000 € y destino a vivienda habitual), podrás beneficiarte de una bonificación del 100 % del AJD, lo que supone un ahorro importante al escriturar la compra.
3. Más plazo para comprar con dinero donado
Si recibes una donación de dinero para la compra de tu primera vivienda habitual, ahora dispondrás de 6 meses (en lugar de los 3 anteriores) para formalizar la compra y seguir disfrutando de las reducciones correspondientes en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
4. Mejora en el IRPF que puede favorecer la capacidad de ahorro
La escala autonómica del IRPF pasa de 9 a 8 tramos, con una reducción de la tributación para rentas inferiores a 33.000 € anuales. Aunque esta medida no afecta directamente a la compra de vivienda, puede suponer una mayor capacidad de ahorro o un mejor perfil financiero para acceder a una hipoteca.
5. Aumento de la deducción por alquiler
Para quienes residen en régimen de alquiler, a partir del 1 de enero de 2025 podrán deducirse en la declaración del IRPF el 10 % de las cantidades pagadas, hasta un máximo de 500 € anuales (antes 300 €). En el caso de familias numerosas o monoparentales con rentas bajas, la deducción podrá alcanzar hasta 1.000 € anuales, siempre que se cumplan los requisitos previstos.
Este conjunto de medidas puede suponer una diferencia real en la economía de muchas personas que desean acceder a una vivienda habitual, ya sea en propiedad o en alquiler. En Sellarès Assessors te ayudamos a identificar qué ventajas fiscales puedes aplicar y te acompañamos en cada paso del proceso con criterio y profesionalidad.