El día 14 de abril de 2016 entró en vigor el Reglamento Europeo de Protección de Datos aprobado por el Parlamento Europeo. El nuevo Reglamento mejora para los ciudadanos la accesibilidad y el control de sus datos personales, reduce trámites para las empresas y armoniza la normativa europea para todos los países miembros.
El Reglamento establece un periodo transitorio de dos años para su implantación en los distintos estados miembros. Por lo tanto, será de obligatorio cumplimiento a partir de mayo de 2018.
Principales novedades que implica el nuevo Reglamento:
- Modifica los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) e incluye los derechos de limitación, portabilidad y borrado de datos (Derecho al Olvido).
- Inclusión de un procedimiento de control y registro de las actividades de los Encargados de Tratamiento.
- Se crea la figura del Delegado de protección de datos para empresas que operen con determinadas actividades.
- Será obligatorio para los Estados la creación de una autoridad de control independiente. Se creará un “One stop shop” o ventanilla única, lo que facilita trámites a empresas con sede en varios países.
- Desaparece la graduación de sanciones y se incrementan las multas administrativas.
- Nuevos requisitos de carácter operativo y jurídico para la gestión de transferencias internacionales de datos.
Por todo ello, recomendamos que tengan en cuenta esta nueva regulación de cara a la planificación de su implantación en la normativa interna de la empresa.
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Maribel Vaquero