El pasado 26 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) el Decreto Ley 5/2025, una norma que introduce cambios fiscales relevantes con un objetivo claro: mejorar el acceso a la vivienda, especialmente para los colectivos más vulnerables.
La mayoría de estas medidas fiscales entrarán en vigor el 27 de junio de 2025, a excepción de la eliminación de la bonificación del 70 % para inmobiliarias, que quedó sin efecto el 27 de marzo.
Desde SELLARÈS ASSESSORS, consideramos fundamental acercarle las claves de esta nueva regulación, que puede tener impacto tanto en sus finanzas personales como en sus decisiones empresariales. A continuación, le resumimos los puntos más destacados para que pueda entender cómo puede afectarle este nuevo marco fiscal.
El Decreto Ley 5/2025 actualiza los tramos y tipos impositivos del ITP aplicables a la compra de viviendas de segunda mano:
- Hasta 600.000 €: 10 %
- Entre 600.000 € y 900.000 €: 11 %
- Entre 900.000 € y 1.500.000 €: 12 %
- Más de 1.500.000 €: 13 %
También se introduce un gravamen especial del 20 % para las adquisiciones realizadas por grandes tenedores, es decir, aquellas personas físicas o jurídicas que posean más de cinco inmuebles residenciales o una superficie construida superior a 1.500 m². Además,
- Se elimina la bonificación del 70 % en el ITP para las empresas inmobiliarias que compraban con fines de reventa.
- Se incorpora una bonificación del 100 % para jóvenes menores de 35 años que adquieran su vivienda habitual, siempre que la operación esté sujeta a IVA.
En lo referente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se reducen las cargas fiscales para las rentas más bajas y se amplían las deducciones disponibles:
- Reducción del tipo impositivo para rentas inferiores a 33.000 € anuales.
- Mejoras en la deducción por alquiler de vivienda habitual, que incluyen:
- Ampliación de la edad máxima para aplicarla: de 32 a 35 años.
- Incremento del límite anual deducible: de 300 € a 500 €.
- Aumento del umbral de ingresos: de 20.000 € a 30.000 €.
Además, se crea una deducción especial de hasta 1.000 € anuales para víctimas de violencia machista que alquilen una vivienda. Esta deducción podrá llegar a 1.200 € si existen hijos a cargo o si la persona afectada presenta una discapacidad superior al 65 %.
Sabemos que adaptarse a un nuevo escenario fiscal puede generar dudas o inquietudes. Por eso, en SELLARÈS ASSESSORS ponemos a su disposición un asesoramiento personalizado, pensado para ayudarle a tomar las mejores decisiones, tanto si actúa a título particular como si es empresa o inversor.
No dude en contactar con nuestro equipo para resolver cualquier consulta relacionada con el Decreto Ley 5/2025 o con cualquier otro aspecto fiscal que le preocupe.