El Real Decreto Ley 5/2023, publicado el 29 de junio, introduce cambios significativos en las leyes laborales, especialmente en lo que respecta a la conciliación de la vida familiar y profesional, en línea con el proyecto de ley familias y la Directiva UE 2019/1158.
A continuación destacamos las principales novedades:
1. Derecho a la no discriminación:
- Las personas trabajadoras tienen el derecho de no ser tratadas desfavorablemente por ejercer sus derechos de conciliación.
2. Adaptación de la jornada laboral:
Se otorga el derecho a solicitar medidas de trabajo flexible para el cuidado de:
- Hijos mayores de doce años.
- Cónyuge o pareja de hecho.
- Familiares hasta el 2º grado de consanguinidad de la persona trabajadora.
- Otras personas dependientes que convivan en el mismo domicilio.
3. Nuevos permisos retribuidos:
- Se amplía el ámbito de los familiares que dan derecho a permisos retribuidos.
- Se extiende el permiso por matrimonio a parejas de hecho.
- Se establece un permiso de hasta cinco días por enfermedad grave o accidente de familiares y convivientes.
- Se introduce un permiso de dos días por fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho.
- Se permite hasta cuatro días al año para situaciones de fuerza mayor relacionadas con familiares.
4. Permiso parental no retribuido:
- Las personas trabajadoras tienen derecho a un permiso parental de hasta ocho semanas para el cuidado de hijos menores de ocho años. Este permiso puede disfrutarse a tiempo completo o parcial.
5. Conciliación en la empresa:
- Cuando ambos progenitores soliciten permisos de lactancia, reducción de jornada o excedencia, la empresa puede limitar el disfrute simultáneo y proponer un plan alternativo.
6. Excedencia por cuidado de familiar:
- Se amplía la excedencia por cuidado de familiar al cónyuge o pareja de hecho y familiares de la pareja de hecho.
7. Causas de nulidad del despido:
- Se consideran nulos los despidos relacionados con el ejercicio de los derechos de conciliación, permisos retribuidos y adaptación de jornada, a menos que se demuestre su procedencia.
8. Otras novedades laborales:
- Se pospone la cotización a la Seguridad Social de los becarios hasta el 1 de enero de 2024, con un máximo de 5 años de convenio especial.
Para más detalles y aclaraciones, estamos a su disposición. Póngase en contacto con nosotros, le ayudaremos en lo que necesite: https://www.sellaresga.com/contacto/