El día 14 de octubre se publicó en el BOE la relación de fiestas laborales para el año 2023, de ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Como cada año, hay 8 días festivos (retribuidos y no sustituibles) de ámbito estatal, 4 de ámbito autonómico y 2 de carácter local, sumando un total de 14 festivos anuales.
Los 8 días festivos de carácter obligatorio son los siguientes:
- 7 de abril (Viernes Santo).
- 1 de mayo (Día del Trabajo), lunes.
- 15 de agosto (Asunción), martes.
- 12 de octubre (Fiesta nacional), jueves.
- 1 de noviembre (Todos los Santos), miércoles.
- 6 de diciembre (Día de la Constitución), miércoles.
- 8 de diciembre (La Inmaculada Concepción), viernes
- 25 de diciembre (Navidad), lunes.
Así, además de estas ocho festividades nacionales no sustituibles (comunes), las comunidades autónomas podrán sustituir los siguientes:
- 2 de enero: Año Nuevo, el día 1 de enero, cae en domingo y podrá trasladarse al lunes día 2.
- 6 de enero (Reyes), viernes.
- 19 de marzo: San José cae en domingo y podrá trasladarse al lunes siguiente día 20, o sustituirse por el 25 de julio (Día de Santiago), martes.
- 6 de abril (Jueves Santo).
Fuente: https://www.boe.es/boe/dias/2022/10/14/pdfs/BOE-A-2022-16755.pdf